martes, 30 de diciembre de 2008

Revalorización Pensiones Contributivas de la Seguridad Social

Las pensiones de incapacidad permanente, jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, siempre que se hayan causado con anterioridad al 1 de enero del año 2009 y sean no concurrentes con otras, se revalorizarán el 2 por ciento.

El importe de la pensión, una vez revalorizada, estará limitado a la cantidad de 2.441,75 euros, entendiendo esta cantidad referida al importe de una mensualidad ordinaria, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder. Dicho límite mensual será objeto de adecuación en aquellos supuestos en que el pensionista tenga derecho o no a percibir 14 pagas al año, comprendidas en uno u otro caso, las pagas extraordinarias, a los efectos de que la cuantía no supere o pueda alcanzar, respectivamente, 34.184,50 euros, en cómputo anual.

Fuente: B.O.E. nº 314 de 30/12/08

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